
Miguel Presno Linera es catedrático de derecho constitucional en la Universidad de Oviedo. Sus campos de investigación, o líneas de trabajo principales, son los derechos fundamentales, la autodeterminación personal frente al paternalismo estatal, las transformaciones del estado de derecho y un tema por el que estamos todos aquí hoy: el derecho electoral (junto al derecho parlamentario y el sistema de partidos). Además, Miguel es analista de Agenda Pública, colabora en distintos medios y es uno de los tuiteros más interesantes que se pueden encontrar en esa ruidosa red social.
Pero no hemos venido aquí a ponernos institucionales.
Contacté con Miguel para una entrevista que, como podréis suponer, aceptó. Y lo hice (lo de intentar contactar con él) porque, entre otras cosas, le conocía de la Universidad (Miguel era uno de esos profesores que durante tu etapa de estudiante -yo estudié en la UAM, no en Oviedo- nunca conoces personalmente, pero que preside tus textos de estudio, como Muñoz Conde en penal) y porque un día encontré de casualidad su blog, El derecho y el revés (presnolinera.wordpress.com), cuyo objetivo, tal y como él lo presenta, es el de contribuir al debate jurídico con personas que no están seguras de tener razón, y que, la verdad, es fantástico. Es realmente fantástico. Pero volvamos al momento inicial. Miguel propuso varios temas, y al final decidimos que sería interesante hablar sobre posibles reformas del derecho (y sistema) electoral español, porque, aunque no presida las primeras páginas de los periódicos, es un tema de total actualidad y de grandísima relevancia para nuestra democracia. Y porque sabe muchísimo.
También, claro está, vamos a hablar de cine, de literatura, de la Universidad y de Miguel. Es la idea del proyecto, y merece la pena hacerlo.
Pero antes de empezar con las preguntas quería agradecer esta entrevista a los departamentos de Ciencia Política y Derecho Constitucional de la UAM; sin ellos, este proyecto, este interés y esta entrevista, no hubiesen sido posibles. Gracias. Y gracias a ti, Miguel.
Y ya me callo, perdonad, sé que soy un poco pesado. Ahora imaginad Vetusta…, “El viento sur, caliente y perezoso empujaba las nubles blanquecinas que rasgaban al correr hacia al norte”[1], y leed a Miguel.
Miguel Presno y la Universidad.
– Te quería pedir, en estos tiempos de descrédito, y de duda, un alegato por la Universidad Pública. Y una defensa de la necesidad (o no) de impartir las clases presencialmente.
– La Universidad pública vive momentos complicados en diferentes ámbitos pero podríamos mencionar dos que seguro son bien conocidos por quienes lean estas líneas: en primer lugar, el envejecimiento de la plantilla -no es extraño encontrar áreas de conocimiento en las que la media de edad está en los sesenta años o más-, lo que tiene que ver con las dificultades para la integración de personas jóvenes debidas, en buena parte, al segundo de los problemas: la insuficiente financiación. Hay más deficiencias pero a pesar de todas ellas la Universidad española sigue tratando de no perder el ritmo al que van las de otros países y, en particular, dar oportunidades de formación a las personas que disponen de menos recursos. La pandemia de Covid-19 ha evidenciado las potencialidades de la enseñanza a distancia pero también sus limitaciones, entre ellas, las dificultades para que puedan incorporarse a ella todos los estudiantes, que no viven en las mismas condiciones, y la mayor dificultad, al menos en mi caso, para que la docencia sea todo lo interactiva y espontánea que se pueda; en suma, la presencialidad me parece que aporta una enseñanza más igual entre los estudiantes y más horizontal entre éstos y el profesorado.
– No es una asignatura con muchas salidas laborales; pero es, sin duda, de una enorme importancia. Derecho Constitucional crea ciudadanos comprometidos con la Constitución y, por lo tanto, con la democracia y la convivencia. ¿Debe impartirse de otra manera, olvidando, por ejemplo, el plano memorístico? ¿Debe apostarse por más asignaturas de Constitucional en la Universidad? ¿Debe impartirse una asignatura de Derecho Constitucional en los colegios, o en todas las carreras universitarias? Son algunas preguntas que me surgen, pero podría haber más. ¿Qué opinas de todo esto?
Lo que podríamos entender como “Derecho constitucional básico” -explicación mínima de los derechos fundamentales, de la estructura del Estado y de los órganos y funciones constitucionales- tendría que formar parte del bagaje común de cualquier persona al acabar la enseñanza obligatoria; sería una especie de educación constitucional ciudadana organizada como una materia autónoma o integrada en alguna más general. Con esa cultura constitucional mínima creo que el desarrollo debería formar parte de esa enseñanza “voluntaria” que es la universitaria y en las diferentes titulaciones jurídico-sociales (Derecho, Economía, ADE, Relaciones Laborales, Trabajo Social, GAP) pero también, aunque en menor medida, en el ámbito de las Humanidades y Educativas y, en su caso, de las Técnicas (una persona que estudie Ingeniería informática debe conocer la protección iusfundamental de los datos personales).
En la carrera de Derecho y en los dobles grados de los que forme parte el Derecho constitucional las disponibilidades horarias obligan a un ajuste de contenidos respecto de los que se impartían en la época de las Licenciaturas, lo que hace necesario delimitar lo que debe saber de esta materia una persona que se gradúe en esos títulos: profundizar en el estudio de la Constitución como fuente del Derecho y de las demás fuentes; en los principios estructurales del Estado (de Derecho, democrático, social, autonómico y abierto a la integración europea), en la estructura y funciones de los órganos constitucionales y en la teoría general de los Derechos fundamentales. Esta formación común debería después poder complementarse con asignaturas optativas (la explicación de los Derechos fundamentales en particular debería ser una de ellas).
– Ahora voy con una pregunta realmente difícil, que da para una tesis doctoral. Pero te la quería formular igualmente: ¿Es el momento de afrontar una reforma constitucional?, y si sí, ¿es necesaria esa reforma?
Sin duda; las reformas constitucionales son algo “normal” (la Constitución alemana se ha venido cambiando casi una vez cada año) y más en un contexto nacional e internacional de creciente y acelerada complejidad. Lo atípico es que un texto apenas cambie en 40 años de continuas transformaciones sociales, económicas, culturas, políticas… y no se trata de cambiar por cambiar ni de convertir la Constitución en un texto de 500 artículos pero sí de dotarla de respuestas a las exigencias sociales e institucionales de cada momento; por citar una obviedad: las insuficiencias del Senado como auténtica Cámara territorial se detectaron hace cuatro décadas y nada se ha hecho al respecto; el propio procedimiento de reforma es demasiado rígido pero tampoco se ha flexibilizado, lo que, a su vez, dificulta otras reformas. Como mínimo, esas dos cuestiones deberían haberse abordado hace, por lo menos, 25 años, cuando el sistema estaba consolidado y con gran aceptación social. En esa línea se podría también estudiar una estructura diversa de las Cortes, en la que de un bicameralismo imperfecto (el Congreso es la Cámara relevante) se pasara a un bicameralismo especializado, en el que una Cámara ejerciera en exclusiva competencias de índole territorial/federal y la otra los asuntos de política general, con lo que la propia legislación se aprobaría de manera más rápida y sencilla. Hay, claro, más asuntos (la Jefatura del Estado, la posible conversión de algunos derechos en fundamentales, el papel del Decreto-ley, el propio Derecho de excepción, como hemos visto con la pandemia…) pero no se hará una reforma si para ello se pretende que se aborden todos a la vez.
– Hoy es monarquía o república, inviolabilidad del rey; ayer competencias autonómicas. Cada día hay un debate muy conectado al Derecho Constitucional. ¿No debería la Universidad liderar estos debates, con charlas, clases, conferencias, en la prensa, en las redes, etc? Es decir, en el tema de la monarquía, por ejemplo, se busca el referéndum, entre otras cosas. Bien. Y luego, ¿qué? Es decir, es un tema muy complejo, y es necesario abordarlo con lenguaje cercano, pero con mucho rigor y conocimiento. Y ahí entráis, o deberías entrar, vosotros. No sólo sois docentes e investigadores, también debéis ser “consultores de la democracia”. ¿Qué opinas?
Antes hablábamos de los problemas de la Universidad pública en España; aprovecho esta pregunta para volver sobre ellos: quienes trabajamos como profesores en ella debemos “transferir” lo que hemos estudiado a la sociedad y eso no se hace sólo asesorando a las instituciones o redactando un informe, también opinando de manera técnica, clara e imparcial cuando surge la oportunidad en los medios de comunicación tradicionales y por iniciativa propia a través de los medios electrónicos (blogs, redes sociales…) Quien ha estudiado y conoce un tema en profundidad es capaz de explicarlo de manera rigurosa pero con diferente complejidad según el público al que dirige su mensaje. Creo que eso es fundamental y la Universidad, a pesar de colaboraciones como las que supone The Conversation, por citar un ejemplo, no está haciendo lo suficiente cuando esa intervención podría generar, además, mayor comprensión social cuando se reclama financiación pública adicional para la Universidad; ¿para qué? Pues también para aportar a la sociedad conocimiento accesible y especializado. Podría citar varios ejemplos pero me limitaré a uno que es palmario: cualquier persona puede acercarse al análisis jurídico-penal de asuntos de actualidad leyendo los hilos claros y rigurosos del profesor Jacobo Dopico (@JUc3m)
– Para terminar con este breve apartado quería hacerte una pregunta más personal. Supongo que para todo, o para casi todo, hay un porqué. ¿Por qué Miguel decidió ser profesor universitario?, ¿por qué eligió el Derecho Constitucional? ¿Quién es tu maestro?
Me convertí en profesor universitario casi por casualidad, pues durante la carrera en ningún momento pensé en ello; al acabar estuve dándole vueltas a opositar a juez o trabajar en un despacho: a lo primero le dediqué una breve etapa y a lo segundo incluso menos tiempo en el despacho de un amigo, hasta que constaté que no tenía especial madera de opositor ni de abogado ni, sobre todo, recursos económicos para preparar una oposición, de resultado incierto, durante cuatro o cinco años ni para abrir un despacho; otro amigo, Ignacio Villaverde, estaba entonces haciendo su tesis doctoral en Derecho constitucional y me pareció divertido e interesante; me animó a hablar con su maestro, que luego fue el mío, Francisco Bastida y desde entonces hasta ahora, con la gran suerte de que empecé como profesor en un momento (años noventa del siglo pasado) en la que había muchísima matricula de estudiantes en Derecho y, al menos en Oviedo, poco profesorado, lo que me permitió empezar a trabajar en unas condiciones que hoy serían ciencia-ficción en la Universidad española. Me considero muy afortunado por disponer en su día de una oportunidad que hoy difícilmente tendría -o no en las mismas condiciones-, ni tuvieron personas con más méritos, y debo recordar también, como factor adicional para vincularme al Derecho constitucional, el magisterio de dos profesores excepcionales, Ignacio de Otto y Joaquín Varela, ambos fallecidos a edades muy tempranas, especialmente el primero.
Posibles reformas del sistema electoral español
– La primera pregunta es sencilla (en su formulación); muchos partidos (entre ellos Podemos y Ciudadanos) ondearon la bandera de la reforma electoral como lucha por un sistema más democrático. Pero una vez sentados en el parlamento, de esas reivindicaciones jamás se supo. ¿Por qué?
En rigor, no debería contestar a esta pregunta sin previamente preguntarles a ellos pero me atrevo a prejuzgar que una vez que se entra en las instituciones los impulsos reformistas tienden a relajarse, no sé si por cierta inercia que generan las propias instituciones o también porque se empiezan a descubrir las “virtudes” que puede tener para quien aspira a gobernar un sistema electoral que premia a las formaciones mayoritarias con el argumento en aras a favorecer la gobernabilidad. En ese sentido tampoco creo que nuestro país sea muy diferente a otros donde este tipo de reformas se han debido, en esencia, a impulsos ciudadanos, bien promoviendo la convocatoria de consultas populares bien a través de la impugnación directa de las disposiciones electorales ante los tribunales constitucionales (como ocurrió en Alemania).
– Siempre se ha dicho que el sistema electoral beneficiaba a los grandes partidos, y eso era algo buscado para dar estabilidad a una democracia que empezaba a caminar tras una dictadura. ¿Es, a día de hoy, eso cierto?
Sí, el sistema beneficia a quien gane las elecciones, sea la formación que sea y lo hace tanto más cuanto más distancia saque a las demás formaciones, hasta el punto de que con poco más del 40% de los votos en el conjunto del país se puede conseguir la mayoría absoluta de los escaños del Congreso. En mi opinión, de nuestra Constitución se deriva que los resultados electorales deben reflejar el peso político real de cada candidatura y no deberían generar una sobrerrepresentación artificial, justamente lo que el TC alemán declaró nulo por menoscabar el principio de igualdad esencial del valor de cada voto. La gobernabilidad, como en Alemania, debe buscarse a través de los acuerdos parlamentarios o los gobiernos de coalición pero no a través de un sistema electoral que desvirtúa la igualdad del voto y la auténtica representatividad política de las candidaturas que obtienen escaños en el Congreso de los Diputados.
– Teniendo parlamentos autonómicos con grandes competencias, y una cámara de representación territorial como el Senado: ¿por qué no apostamos por una circunscripción única?
No conozco ningún país del tamaño geográfico y demográfico de España que tenga una circunscripción única para las elecciones a la Cámara Baja y creo que no sería bueno alejar a los diputados de concretos ámbitos territoriales con entidad propia; otra cosa es si esos ámbitos tendrían que ser las Comunidades Autónomas y no las provincias. Me parece que el Congreso, en el sentido que ya comenté antes, tendría que especializarse como cámara de política general pero manteniendo el anclaje de los diputados con espacios más pequeños que el conjunto del territorio nacional, lo que propicia, aunque no asegura, que quienes acceden a los escaños no son, en su inmensa mayoría, residentes en Madrid, Barcelona y las grandes ciudades.
– ¿Qué opinas del Senado?, ¿es necesario reformarlo?
Sí, como ya dije antes el Senado no es una auténtica cámara de representación territorial a pesar de que así lo defina la CE; su reforma es necesaria y, creo, debería ir en la línea de especializarlo en las cuestiones territoriales, con lo que ganaría peso institucional y político y agilizaría también la función legislativa que correspondiera al Congreso
– Se ha criticado mucho eso de “todos somos iguales ante la ley”, pero un voto en Soria vale más que en Madrid. ¿No es “un ciudadano un voto” la única fórmula verdaderamente democrática?
Sí, no solo un ciudadano un voto (así es ya) sino que el valor del voto de un ciudadano sea lo más parecido posible al de los demás y eso se desvirtúa en el conjunto del sistema electoral general aunque no en el seno de las circunscripciones grandes: en Madrid y Barcelona el reparto de escaños al Congreso es muy proporcional y vale igual el voto de cada persona al margen de su preferencia político-electoral. El problema es que eso no ocurre en las circunscripciones pequeñas (menos de 6 diputados), que son la mayoría en nuestro país y ello como consecuencia de aplicar una fórmula electoral, como la D’Hondt, a espacios en los que no puede operar bien porque está pensada para su aplicación a circunscripciones de tamaño grande (más de 12/13 escaños).
– Has defendido aumentar el número de diputados a 400, y reducir a 1 (en vez de 2) el mínimo adjudicado a cada circunscripción. ¿Podrías explicarnos esto? Y, ¿sería popular, y positivo para la confianza, en una sociedad que se queja de tantos políticos?
Esos cambios podrían hacerse con la mera reforma de la ley electoral, sin necesidad de tocar la CE, que permite un Congreso de hasta 400 diputados y uno por circunscripción. Al repartir más escaños (50 más) y al hacerlo de manera más proporcional a la población (al reducir de 2 a 1 el mínimo por provincia) la aplicación de la fórmula D’Hondt ya mejora la proporcionalidad; yo propongo añadir otro factor: introducir la fórmula Sainte-Laguë, que genera todavía más proporcionalidad, pues opera como la otra pero en lugar de dividir los votos de cada candidatura por 1, 2, 3, 4, 5, 6… únicamente utiliza los impares; aquí puede verse un ejemplo de lo que digo:
Ejemplo del artículo 163 LOREG: 480.000 votos válidos emitidos en una circunscripción que elija ocho Diputados. Votación repartida entre seis candidaturas y aplicación de la fórmula D’Hondt (no se incluye la división hasta ocho para ahorrar espacio y porque no es necesaria para mostrar lo que se pretende):
División | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
A | 168.000 | 84.000 | 56.000 | 42.000 | 33.600 |
B | 104.000 | 52.000 | 34.666 | 26.000 | 20.800 |
C | 72.000 | 36.000 | 24.000 | 18.000 | 14.400 |
D | 64.000 | 32.000 | 21.333 | 16.000 | 12.800 |
E | 40.000 | 20.000 | 13.333 | 10.000 | 8.000 |
F | 32.000 | 16.000 | 10.666 | 8.000 | 6.400 |
En negrita el reparto de escaños: la candidatura A obtiene cuatro; la candidatura B, dos escaños y las candidaturas C y D, un escaño cada una.
Con esos mismos parámetros la aplicación de la fórmula Sainte-Laguë genera más proporcionalidad y pluralismo: la candidatura A obtiene tres escaños; la candidatura B, dos escaños y las candidaturas C, D y E, un escaño cada una.
División | 1 | 3 | 5 | 7 |
A | 168.000 | 56.000 | 33.600 | 24.000 |
B | 104.000 | 34.666 | 20.800 | 14.857 |
C | 72.000 | 24.000 | 14.400 | 10.285 |
D | 64.000 | 21.333 | 12.800 | 9.142 |
E | 40.000 | 13.333 | 8.000 | 5.714 |
F | 32.000 | 10.666 | 6.400 | 4.571 |
– Hoy en día votas a un partido y te olvidas, sin mirar ni siquiera quién se presenta en la lista; y, además, los partidos raramente cumplen su programa electoral, dañando gravemente a la democracia representativa mediante la consecuente desafección ciudadana. ¿Qué régimen electoral, si es que lo hay, o qué cambios serían necesarios para combatir este fenómeno de, llamémoslo, “partitocracia poco representativa”?
La democracia en las modernas sociedades es, necesariamente, representativa porque, con carácter general, es imposible una pronunciamiento inmediato e informado sobre el ingente número de decisiones políticas que se deben adoptar, muchas de las cuales suponen, además, la aprobación de una norma jurídica. Este sistema, para mantener su legitimidad social, precisa una conexión continuada representantes-representados de manera que los segundos puedan transmitir sus aspiraciones a los primeros, que deberían, en todo caso, dar cuentas del objeto y motivos de sus decisiones. Es esa relación continuada la que falla y empieza a fallar prácticamente después de las elecciones y no se recupera, si es que se hace, hasta el siguiente proceso electoral a pesar de que hoy contamos con mecanismos de comunicación que facilitarían ese contacto continuado o, cuando menos, regular. Se puede entender que una formación política cambie de criterio cuando accede al poder porque la situación también ha cambiado, porque debe llegar a acuerdos con otras formaciones, porque no valoró bien sus promesas…, lo que no se entiende es que ese cambio de criterio no se explique ni, en su caso, se admita la comisión de errores. Otro elemento que podría dotar de más aceptación social a determinadas decisiones políticas es la consulta a la ciudadanía; no creo que la decisión directa deba erigirse en la principal forma de gobernar pero sí que ciertas decisiones deben ser objeto de consulta siempre que ésta se presente de manera honesta, diciendo claramente sobre qué se está decidiendo y facilitando la información disponible para que se pueda participar de manera autónoma.
Otros factores que inciden en la desafección ciudadana tienen que ver con la escasa transparencia política e institucional, la deficiente renovación y democracia interna en los partidos, el mantenimiento de un estatuto representativo hoy difícilmente justificable (inmunidad parlamentaria, fuero jurisdiccional…), sin olvidar que estos problemas no son de hoy y muchos de ellos ya fueron diagnosticados a principios del siglo pasado por, entre otros, Robert Michels (Los partidos políticos. Un estudio sociológico de las tendencias oligárquicas de la democracia moderna) y Hans Kelsen (Esencia y valor de la democracia), lo que demuestra lo difícil que es cambiar ciertas cosas.
– ¿Estás a favor de las listas abiertas? ¿Y por qué?
Lista abierta ya la tenemos para el Senado y no produce un resultado muy distinto (en general) al de las listas cerradas y bloqueadas. Me parece que un correctivo a estas últimas podría ser el desbloqueo parcial, existente en muchos países europeos: se vota a una candidatura pero se puede alterar el orden que ofrece quien la promueve, de manera que una persona que va en el quinto lugar pueda obtener un escaño aunque su candidatura obtenga menos al conseguir que más votantes “prefieran” esa opción antes que las de las personas que están delante en la candidatura. De esa manera se combina una cierta, al menos presunta, coherencia política -la que ofrece la candidatura- con la ulterior selección por los votantes de las concretas personas que ocuparán los escaños. Quizás en circunscripciones grandes el desbloqueo puede ser parcial y no afectar a toda la candidatura por la complejidad adicional que supone este sistema.
– ¿Qué opina del régimen electoral mayoritario, del “first past the post”? ¿Cuáles serían los pros y contras de implantarlo en España?
El sistema mayoritario es el que se aplica en el Senado y también en algunos otros países; simplifica la elección y favorece, como ocurre en Gran Bretaña, la gobernabilidad; desvirtúa de manera brutal el principio democrático conforme al cual los votos deben valer aproximadamente lo mismo y las Cámaras deben reflejar la pluralidad social
– ¿Y los pros y contras de un sistema proporcional “puro”?
Este sistema propicia que el voto de cada persona valga más o menos lo mismo que el de las demás y convierte a las Cámaras (si el sistema está bien articulado) en una expresión bastante fiel de la pluralidad social; desde el punto de vista de la gobernabilidad puede implicar más necesidad de acuerdos entre las formaciones políticas y gobiernos menos estables.
– ¿Cuáles son, en tu opinión, los otros instrumentos relevantes que tiene la ciudadanía para ejercer la soberanía (más allá del voto)?
Una ciudadanía realmente democrática exige la implicación continuada en los procesos de toma de decisiones y dicha participación se podría llevar a cabo, eventualmente, a través de determinadas consultas populares universales -por cierto, creo que habría que universalizar más nuestro cuerpo electoral rebajando la edad para votar a 16 años e incluyendo a las personas extranjeras residentes en todo tipo de procesos- pero también por medio de otros mecanismos: a través de audiencias parlamentarias a representantes de los sectores sociales más afectados por la aprobación de una ley, por medio de jurados ciudadanos (grupos de personas elegidos para valorar una determinada política pública o el funcionamiento de un servicio), de foros participativos…
– Por último, ¿en qué modelos internacionales (de otros países) debemos fijarnos para mejorar nuestro sistema electoral? Y, ¿cuál es el sistema electoral más peculiar o extraño que conoces?
El alemán es un sistema que creo combina bastante bien cierta personalización de la elección con una gran proporcionalidad; es al tiempo, o quizá por eso, un sistema relativamente complejo y no fácil de entender. Otro peculiar es el presidencial de Estados Unidos, en el que cada Estado puede tener sus peculiaridades, hay un colegio electoral que es el que elige al Presidente y Vicepresidente, permite que una candidatura con menos votos populares (Trump en 2016) gane las elecciones…
Cultura
– Tienes, en tu blog, artículos sobre Derecho y Cine fantásticos. ¿Qué películas son imprescindibles para cualquier apasionado del Derecho?
Me parece muy difícil hacer una selección por la gran cantidad de películas y, ahora también, de series que tratan temas jurídicos, algunas de manera evidente y otras no tanto; entre las películas habría que citar, como indiscutibles, y reduciéndolas a 10, Tiempos modernos, La herencia del viento, Senderos de gloria, Anatomía de un asesinato, Doce hombres sin piedad, Vencedores o vencidos, Matar un ruiseñor, El Padrino, Mar adentro y, aunque parezca extraña, Amanece que no es poco; entre las series, y reduciéndolas a tres, The West Wing, The Wire y The Good Wife-The Good Fight.
– Si pudieses cenar, o tomar una copa, con tres personajes (históricos o no), ¿cuáles elegirías?
A estas alturas me hubiera encantado poder cenar con mis abuelos, que tuvieron una vida extremadamente dura; para tomar una copa elegiría a Groucho Marx.
– Si la humanidad cayese en el más profundo de los olvidos culturales (estamos en ello), y tú tuvieses la opción de rescatar una “obra cultural” (libro, escultura, pintura, composición, etc.), ¿cuál salvarías, recuperarías, y por qué?
Las pinturas de Altamira (y otros yacimientos en otras partes del mundo) porque ahí empezó todo culturalmente.
– Para terminar, te voy a pedir que nos recomiendes tres libros, tres películas, un disco, un cuadro y una ciudad.
Películas: Una noche en la ópera, El Padrino I, La vida de Brian.
Libros: serán tres con cierta temática jurídica no porque sean los únicos que me gustan sino como forma de acotar la respuesta, que seguramente estará condicionada porque los he leído recientemente: Calle Este-Oeste, de Philippe Sands; De vidas ajenas, de Emmanuel Carrère, y Laëtitia o el fin de los hombres, de Ivan Jablonka.
Disco: Somethin’ else (Cannoball Adderley, Miles Davis, Hank Jones, Sam Jones y Art Blakey)
Cuadro: El jardín de las delicias, de El Bosco
Ciudad: Granada
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Y hasta aquí la entrevista. Espero que os haya gustado, y que os haya resultado interesante. Ahora os toca seguir las recomendaciones; viajar a Granada, ir al Museo del Prado, leer Calle Este-Oeste o ver El Padrino. Pero sobre todo, os toca replantearos el sistema electoral español. Si es así, habrá merecido la pena. Ah, y seguid a Periferias, este proyecto no ha hecho más que empezar; y a Miguel, en su twitter y en su blog.
Gracias a todos por leer.
La entrevista ha sido realizada por Juan García Herrera, con la colaboración de Miguel López Maroto y Eduard Redondo Ribes.
[1] Esto, como os podréis imaginar, no es mío, es de Clarín, es de la Regenta.
Fantástica entrevista, interesantes preguntas que dan lugar a respuestas de alto nivel, que invitan a pensar, a cuestionarse el tema, que remueven conciencias …felicidades al entrevistador y al entrevistado
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